Diccionario del inversor

Plusvalía municipal

El impuesto del ayuntamiento sobre lo que ha subido el valor del suelo de una vivienda cuando se vende, se hereda o se regala.

Al vender la paga el vendedor; al heredar o recibir una donación, quien la recibe. Hay dos formas de calcularla y se paga la más baja: la objetiva (el valor catastral del suelo por un coeficiente que depende de los años que has tenido la vivienda) y la real (lo que de verdad has ganado, en la parte del suelo). Si vendes sin ganancia, no se paga.

Cada ayuntamiento fija su tipo (como mucho el 30 %) y sus coeficientes, dentro de unos máximos que pone la ley.

Es distinta del IRPF de la ganancia al vender, que también se paga. Calcula el IRPF de la venta.

Impuestos al vender un piso

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